Guía · Revisada en septiembre de 2026
Qué hacer cuando fallece un familiar
Por David Martínez, especialista en venta de viviendas heredadas en Castilla y León · Revisión jurídica: Silvia Martínez Vesga, abogada colegiada en Burgos
La respuesta corta
No hay que hacerlo todo el primer día. Lo urgente es el certificado de defunción; a los 15 días hábiles ya puedes averiguar si hay testamento y seguros de vida; y el reloj que no puedes dejar pasar es el de los seis meses para los impuestos. Aquí tienes los pasos en orden.
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Quiero que me llamen1. Los primeros días
Certificado de defunción
Es el documento con el que se hace casi todo lo demás. Pide el certificado literal de defunción del Registro Civil (varias copias: te lo pedirán bancos, aseguradoras y notaría). Lo necesitarás también para pedir los certificados de los siguientes pasos si los solicitas de forma presencial o por correo.
2. A partir de 15 días hábiles
Saber si hay testamento: certificado de últimas voluntades
Dice si la persona hizo testamento y ante qué notario. No se puede pedir hasta que pasen 15 días hábiles desde el fallecimiento (sin contar el día del fallecimiento, sábados, domingos ni festivos). Se solicita en la sede electrónica del Ministerio de Justicia con Cl@ve si el fallecimiento fue posterior al 2 de abril de 2009 y no está inscrito en un juzgado de paz; si no, en papel con el certificado de defunción. Lleva una tasa (tasa 006). Una vez listo, dispones de 90 días naturales para descargarlo.
3. A partir de 15 días hábiles
Averiguar si había seguros de vida: certificado de seguros de fallecimiento
Se pide por el mismo cauce y con el mismo plazo mínimo de 15 días hábiles. Suele estar disponible en 24 horas, en general no más de 3 días hábiles, y la Administración tiene 7 días hábiles para emitirlo. Es importante: los seguros de vida se suman a la herencia a efectos del impuesto y se pierden si nadie los reclama.
4. Cuanto antes; ideal en los 3 primeros meses
Pensión de viudedad u orfandad
Si eres cónyuge, pareja de hecho o hijo, puedes pedir la pensión de viudedad u orfandad en la sede electrónica de la Seguridad Social (o con cita previa). Si la pides dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento cobras desde el principio; si te pasas, la pensión se abona con un máximo de tres meses de retroactividad desde la solicitud.
5. Durante los primeros meses
Reunir la documentación de la herencia
Necesitarás: el testamento o, si no hay, la declaración de herederos; los títulos de las propiedades; el valor de referencia catastral de cada inmueble; y un certificado de cada banco con los movimientos de las cuentas del fallecido del año anterior al fallecimiento, que es obligatorio para presentar el Impuesto de Sucesiones en Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2013, art. 45).
6. Antes de que acabe el 5.º mes
Decidir si pides prórroga
Si no vas a llegar a tiempo, la prórroga del Impuesto de Sucesiones se pide dentro de los cinco primeros meses. Pasado ese plazo ya no se concede (Reglamento del Impuesto, art. 68). La plusvalía municipal también admite prórroga en todas las capitales de Castilla y León, pidiéndola antes de que venzan los seis meses.
7. A los 6 meses del fallecimiento
Impuesto de Sucesiones y plusvalía
Es el plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal de cada inmueble urbano. Ambos se presentan aunque la cuota sea muy baja. Después de los seis meses, sin requerimiento previo, se aplica un recargo del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso (LGT, art. 27).
Lo que se suele olvidar
- La declaración de la renta del fallecido. El periodo del IRPF termina el día del fallecimiento y las rentas pendientes de imputar se incluyen en ese último periodo (Ley 35/2006, arts. 12 y 14). Consulta con la Agencia Tributaria el plazo de esa declaración.
- Las deudas. Las deudas del fallecido, los impuestos pendientes y los gastos de última enfermedad y funeral se pueden descontar en el Impuesto de Sucesiones (Ley 29/1987, arts. 13 y 14). Guarda las facturas.
- El reparto entre varios herederos. Que vivas en otra ciudad no cambia el impuesto, pero conviene coordinarse pronto: cada uno tributa por su parte.
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo puedo pedir el certificado de últimas voluntades?
A partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento, sin contar el día del fallecimiento, sábados, domingos ni festivos (Ministerio de Justicia).
¿Cuánto tiempo tengo para pedir la pensión de viudedad?
Puedes pedirla en cualquier momento, pero si la solicitas dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento la cobras desde el principio; después, con un máximo de tres meses de retroactividad (Seguridad Social).
¿Qué plazo hay para los impuestos de una herencia?
Seis meses desde el fallecimiento para el Impuesto de Sucesiones y para la plusvalía municipal, con prórroga posible de otros seis meses si se pide a tiempo.