Guía · Código Civil, septiembre de 2026
Herencia del padre fallecido con la madre viva
Por David Martínez, especialista en venta de viviendas heredadas en Castilla y León · Revisión jurídica: Silvia Martínez Vesga, abogada colegiada en Burgos
La respuesta corta
Si estaban casados en gananciales, la mitad de lo común ya es de la madre: no se hereda. Solo la otra mitad (más los bienes propios del padre) forma la herencia. Sin testamento, esa herencia es de los hijos en propiedad y la madre recibe el usufructo de un tercio. En Castilla y León, ni los hijos ni la madre suelen pagar Impuesto de Sucesiones.
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Quiero que me llamenPaso 1: separar lo que ya era de la madre
Salvo capitulaciones matrimoniales, el régimen es el de gananciales (Código Civil, art. 1316). Con el fallecimiento se disuelve la sociedad (art. 1392) y se liquida: lo ganancial se divide por mitad entre el viudo y los herederos del fallecido (arts. 1344 y 1404). Se presumen gananciales los bienes del matrimonio mientras no se pruebe lo contrario (art. 1361).
No son gananciales, sino privativos, los bienes que cada uno tenía antes de casarse y los que recibió después por herencia o donación (art. 1346). Los privativos del padre entran enteros en su herencia.
En esa liquidación, la madre tiene derecho preferente a que se le adjudique la vivienda habitual, en propiedad o con un derecho de uso o habitación, pagando la diferencia en dinero si su mitad no alcanza (arts. 1406.4 y 1407).
Paso 2: repartir la herencia del padre
- Con testamento: se sigue lo que diga, respetando la legítima de los hijos. Es muy habitual que deje a la madre el usufructo de todo.
- Sin testamento: heredan los hijos por partes iguales (arts. 930 y 932) y la madre tiene el usufructo del tercio de mejora (art. 834). Los hijos pueden pagarle ese usufructo con una renta, bienes o dinero (art. 839).
Ejemplo
Un matrimonio de Valladolid en gananciales tenía un piso de 200.000 € y 60.000 € ahorrados. Muere el padre sin testamento y deja dos hijos. La madre tiene 75 años.
| Gananciales en total | 260.000 € |
| Mitad de la madre (no es herencia) | 130.000 € |
| Herencia del padre | 130.000 € |
| Cada hijo hereda en propiedad | 65.000 € |
| Usufructo de la madre sobre un tercio de la herencia | 43.333 € |
| Valor fiscal de ese usufructo (14 % a los 75 años) | 6.067 € |
| Impuesto de Sucesiones de cada hijo en Castilla y León | 0 € |
El valor del usufructo sale de la Ley 29/1987, art. 26.a (89 menos la edad, en porcentaje, con un mínimo del 10 %): calcúlalo para tu caso.
Lo que conviene saber
- Aunque la madre siga viviendo en la casa, los plazos corren: seis meses para el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía desde el fallecimiento (calcula tus fechas).
- Si más adelante queréis vender el piso, tendrá que firmar la madre (por su mitad y su usufructo) y los hijos (cuánto cobra cada uno).
- Cuando fallezca la madre habrá una segunda herencia: su mitad y la consolidación del usufructo en los hijos.
Preguntas frecuentes
¿Qué hereda la madre cuando muere el padre?
Primero recupera su mitad de los bienes gananciales, que no es herencia (Código Civil, arts. 1344 y 1404). De la herencia del padre, si hay hijos y no hay testamento, recibe el usufructo de un tercio (art. 834).
¿Los hijos pueden obligar a la madre a vender la casa?
La madre es dueña de su mitad ganancial y tiene derecho preferente a la vivienda habitual en la liquidación (arts. 1406 y 1407). Vender la vivienda completa requiere su firma.
¿Pagan Impuesto de Sucesiones los hijos y la madre en Castilla y León?
Normalmente no o muy poco: tienen reducciones de hasta 400.000 € y bonificación del 99 % (Decreto Legislativo 1/2013, arts. 13 y 17 bis).
¿La herencia de mi abuelo es ganancial para mis padres?
No: lo recibido por herencia o donación es privativo del cónyuge que lo recibe (Código Civil, art. 1346.2).