Saltar al contenido
Herencias Castilla y León

Guía · Soria · Ordenanza comprobada en 2026/09

Plusvalía municipal en Soria al heredar

Por David Martínez, especialista en venta de viviendas heredadas en Castilla y León · Revisión jurídica: Silvia Martínez Vesga, abogada colegiada en Burgos

La respuesta corta

Quien hereda un inmueble urbano en Soria paga al Ayuntamiento la plusvalía municipal (IIVTNU), distinta del Impuesto de Sucesiones. El tipo es del 18 % sobre el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años. Hay una bonificación de hasta el 25 % en herencias, con condiciones. Plazo: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.

¿Os tramitamos la herencia o vendemos la vivienda? Te llamamos en menos de 24 horas, sin compromiso.

Quiero que me llamen

Calcula tu plusvalía en Soria

Plusvalía municipal en Soria (estimación)

0,00 €

Base imponible (suelo × coeficiente 0,35)
0,00 €
Cuota íntegra al 18 %
0,00 €

Estimación con los coeficientes máximos legales de 2026. Si no hay ganancia real, o esta es menor, puedes acreditarlo ante el Ayuntamiento y pagar menos o nada.

Datos de la ordenanza de Soria

  • Tipo de gravamen: 18 %.
  • Coeficientes: El Ayuntamiento publicó una nueva escala de coeficientes en 2025; aquí se estima con los máximos legales de 2026.
  • Herencia: Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.
  • Si vendes el piso heredado: 30 días hábiles, sin bonificación por herencia; los años se cuentan desde que heredaste.
  • Quién paga en una herencia: el heredero que adquiere el inmueble.

Bonificación por herencia: quién y cuándo

  • 25 % de la cuota íntegra en la transmisión de la vivienda habitual por causa de muerte a favor de descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.

Hermanos, tíos, sobrinos y otras personas no tienen bonificación en Soria.

Cuándo puede salir cero

Si acreditas que no hubo aumento de valor entre la adquisición del fallecido y su muerte, la transmisión no está sujeta al impuesto, y si el aumento real es menor que el que sale del cálculo objetivo, se puede tributar por el real (Real Decreto Legislativo 2/2004, art. 104.5 y 107.5). Hay que pedirlo al Ayuntamiento aportando los títulos de adquisición y transmisión.

Esto es solo una parte: el Impuesto de Sucesiones y sus cálculos son distintos e independientes.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la plusvalía municipal en Soria?

El tipo de gravamen es del 18 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por un coeficiente según los años de tenencia.

¿Hay bonificación por herencia en Soria?

25 % de la cuota íntegra en la transmisión de la vivienda habitual por causa de muerte a favor de descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.

¿Qué plazo hay para presentar la plusvalía de una herencia en Soria?

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.

¿Tienen bonificación los hermanos o sobrinos?

No: en Soria no hay bonificación por herencia para hermanos, tíos, sobrinos ni otras personas.

Fuente oficial

Los ayuntamientos modifican sus ordenanzas con frecuencia y los coeficientes máximos se actualizan por ley. Comprueba en la sede electrónica de Soria que la versión vigente coincide antes de presentar.

LlamarTe llamamos en 24 h