Guía · Palencia · Ordenanza comprobada en 2026/09
Plusvalía municipal en Palencia al heredar
Por David Martínez, especialista en venta de viviendas heredadas en Castilla y León · Revisión jurídica: Silvia Martínez Vesga, abogada colegiada en Burgos
La respuesta corta
Quien hereda un inmueble urbano en Palencia paga al Ayuntamiento la plusvalía municipal (IIVTNU), distinta del Impuesto de Sucesiones. El tipo es del 29,8 % sobre el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años. Hay una bonificación de hasta el 95 % en herencias, con condiciones. Plazo: seis meses desde el fallecimiento; la prórroga (hasta seis meses más) debe pedirse dentro de esos seis meses y devenga interés de demora.
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Plusvalía municipal en Palencia (estimación)
0,00 €
- Base imponible (suelo × coeficiente 0,35)
- 0,00 €
- Cuota íntegra al 29,8 %
- 0,00 €
Estimación con los coeficientes máximos legales de 2026. Si no hay ganancia real, o esta es menor, puedes acreditarlo ante el Ayuntamiento y pagar menos o nada.
Datos de la ordenanza de Palencia
- Tipo de gravamen: 29,8 %.
- Coeficientes: La ordenanza recoge los coeficientes máximos legales y prevé ajustarlos si la ley los actualiza.
- Herencia: Seis meses desde el fallecimiento; la prórroga (hasta seis meses más) debe pedirse dentro de esos seis meses y devenga interés de demora.
- Si vendes el piso heredado: 30 días hábiles, sin bonificación por herencia; los años se cuentan desde que heredaste.
- Quién paga en una herencia: el heredero que adquiere el inmueble.
Bonificación por herencia: quién y cuándo
- 95 % de la cuota si heredan descendientes de primer grado y adoptados, el cónyuge o ascendientes de primer grado y adoptantes.
- Solo para la vivienda habitual del fallecido, y siempre que quien hereda hubiera residido en ella al menos el año anterior al fallecimiento.
- Hay que pedirla en el plazo de presentación de la declaración, sin necesidad de ingresar antes la cuota bonificable.
Hermanos, tíos, sobrinos y otras personas no tienen bonificación en Palencia.
Cuándo puede salir cero
Si acreditas que no hubo aumento de valor entre la adquisición del fallecido y su muerte, la transmisión no está sujeta al impuesto, y si el aumento real es menor que el que sale del cálculo objetivo, se puede tributar por el real (Real Decreto Legislativo 2/2004, art. 104.5 y 107.5). Hay que pedirlo al Ayuntamiento aportando los títulos de adquisición y transmisión.
Esto es solo una parte: el Impuesto de Sucesiones y sus cálculos son distintos e independientes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la plusvalía municipal en Palencia?
El tipo de gravamen es del 29,8 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por un coeficiente según los años de tenencia.
¿Hay bonificación por herencia en Palencia?
95 % de la cuota si heredan descendientes de primer grado y adoptados, el cónyuge o ascendientes de primer grado y adoptantes. Solo para la vivienda habitual del fallecido, y siempre que quien hereda hubiera residido en ella al menos el año anterior al fallecimiento. Hay que pedirla en el plazo de presentación de la declaración, sin necesidad de ingresar antes la cuota bonificable.
¿Qué plazo hay para presentar la plusvalía de una herencia en Palencia?
Seis meses desde el fallecimiento; la prórroga (hasta seis meses más) debe pedirse dentro de esos seis meses y devenga interés de demora.
¿Tienen bonificación los hermanos o sobrinos?
No: en Palencia no hay bonificación por herencia para hermanos, tíos, sobrinos ni otras personas.
Fuente oficial
- Ordenanza fiscal del IIVTNU del Ayuntamiento de Palencia (2026) — Ordenanza de 2026.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley de Haciendas Locales (BOE)
Los ayuntamientos modifican sus ordenanzas con frecuencia y los coeficientes máximos se actualizan por ley. Comprueba en la sede electrónica de Palencia que la versión vigente coincide antes de presentar.