Guía · Arévalo · Ordenanza comprobada en 2026/09
Plusvalía municipal en Arévalo al heredar
Por David Martínez, especialista en venta de viviendas heredadas en Castilla y León · Revisión jurídica: Silvia Martínez Vesga, abogada colegiada en Burgos
La respuesta corta
Quien hereda un inmueble urbano en Arévalo paga al Ayuntamiento la plusvalía municipal (IIVTNU), distinta del Impuesto de Sucesiones. El tipo es del 28 % sobre el valor catastral del suelo por un coeficiente según los años. La ordenanza de Arévalo no recoge ninguna bonificación por herencia: se paga la cuota entera. Plazo: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud del heredero.
¿Os tramitamos la herencia o vendemos la vivienda? Te llamamos en menos de 24 horas, sin compromiso.
Quiero que me llamenCalcula tu plusvalía en Arévalo
Plusvalía municipal en Arévalo (estimación)
0,00 €
- Base imponible (suelo × coeficiente 0,35)
- 0,00 €
- Cuota íntegra al 28 %
- 0,00 €
Estimación con los coeficientes máximos legales de 2026. Si no hay ganancia real, o esta es menor, puedes acreditarlo ante el Ayuntamiento y pagar menos o nada.
Datos de la ordenanza de Arévalo
- Tipo de gravamen: 28 %.
- Coeficientes: La ordenanza tiene su propia tabla de coeficientes y aplica el máximo legal cuando este es menor. La calculadora usa los máximos legales de 2026, así que es una estimación.
- Herencia: Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud del heredero.
- Si vendes el piso heredado: 30 días hábiles, sin bonificación por herencia; los años se cuentan desde que heredaste.
- Quién paga en una herencia: el heredero que adquiere el inmueble.
Bonificación por herencia: quién y cuándo
- La ordenanza no prevé bonificaciones por herencia, tampoco para la vivienda habitual.
Hermanos, tíos, sobrinos y otras personas no tienen bonificación en Arévalo.
Cuándo puede salir cero
Si acreditas que no hubo aumento de valor entre la adquisición del fallecido y su muerte, la transmisión no está sujeta al impuesto, y si el aumento real es menor que el que sale del cálculo objetivo, se puede tributar por el real (Real Decreto Legislativo 2/2004, art. 104.5 y 107.5). Hay que pedirlo al Ayuntamiento aportando los títulos de adquisición y transmisión.
Esto es solo una parte: el Impuesto de Sucesiones y sus cálculos son distintos e independientes.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la plusvalía municipal en Arévalo?
El tipo de gravamen es del 28 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por un coeficiente según los años de tenencia.
¿Hay bonificación por herencia en Arévalo?
La ordenanza no prevé bonificaciones por herencia, tampoco para la vivienda habitual.
¿Qué plazo hay para presentar la plusvalía de una herencia en Arévalo?
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud del heredero.
¿Tienen bonificación los hermanos o sobrinos?
No: en Arévalo no hay bonificación por herencia para hermanos, tíos, sobrinos ni otras personas.
Fuente oficial
- Ordenanza fiscal nº 1 del Ayuntamiento de Arévalo (IIVTNU, arts. 14 y 17) — Texto publicado en la web municipal (comprobado en septiembre de 2026).
- Real Decreto Legislativo 2/2004, Ley de Haciendas Locales (BOE)
Los ayuntamientos modifican sus ordenanzas con frecuencia y los coeficientes máximos se actualizan por ley. Comprueba en la sede electrónica de Arévalo que la versión vigente coincide antes de presentar.